Amplían plazo para registrar líneas de celular; prueba de vida y nuevas fechas, entre los cambios
Entre los cambios destaca la incorporación de una prueba de vida en el proceso de registro presencial para verificar que quien realiza el trámite corresponde al titular de la identificación presentada.
- Redacción AN / MDS

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) publicó el martes en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación (DOF) las modificaciones a los Lineamientos para la Identificación de Líneas Telefónicas Móviles, mediante la cual amplió el plazo para que los usuarios vinculen sus números telefónicos con un titular identificado y estableció nuevas reglas para los procesos de registro, desvinculación y validación de identidad.
La principal modificación consiste en que las líneas que no hayan sido vinculadas a un titular ya no serán deshabilitadas de manera simultánea, como estaba previsto originalmente, sino que el proceso se realizará de forma escalonada entre agosto y diciembre de este año.
La CRT justificó la emisión inmediata de las modificaciones sin consulta pública al señalar que retrasar la publicación del acuerdo habría provocado la deshabilitación simultánea de las líneas no vinculadas, con posibles afectaciones a la operación de las redes de telecomunicaciones por una sobrecarga de señalización.
La desactivación se aplicará de manera escalonada según el último dígito de cada línea: el 15 y 31 de agosto para las terminaciones 0 y 1; el 15 y 30 de septiembre para las terminaciones 2 y 3; el 15 y 31 de octubre para las terminaciones 4 y 5; el 15 y 30 de noviembre para las terminaciones 6 y 7, y el 15 y 31 de diciembre para las terminaciones 8 y 9. Las líneas que no hayan sido vinculadas serán deshabilitadas dentro de las 72 horas posteriores a esas fechas.
Incorporan prueba de vida y nuevas modalidades de vinculación
Entre los cambios más relevantes destaca la incorporación de mecanismos adicionales para validar la identidad de los usuarios.
La comisión explicó en los considerandos que los proveedores de telefonía móvil solicitaron la posibilidad de incorporar una prueba de vida durante los procesos presenciales de vinculación, con el objetivo de corroborar que la persona que realiza el trámite corresponde efectivamente al titular de la identificación presentada.
Asimismo, estableció que el proceso de vinculación podrá realizarse de manera presencial o remota mediante la Plataforma de Gestión de Líneas Telefónicas Móviles. Además, las personas morales y los entes públicos podrán utilizar la modalidad a distancia, para lo cual los proveedores deberán habilitar mecanismos que permitan recibir y validar previamente la documentación que acredite la personalidad y facultades de sus representantes legales
La CRT también amplió los medios de identificación aceptados para personas extranjeras, por lo que podrán utilizarse la CURP para extranjeros o las tarjetas de visitante o residente que contengan CURP expedidas por el Instituto Nacional de Migración.
Los proveedores únicamente podrán registrar para estos casos el nombre de la persona, país de origen, número de pasaporte o CURP para extranjeros, el número telefónico asociado y el resultado de la validación de identidad.
Cambios en la desvinculación de líneas
El acuerdo también modifica diversos aspectos relacionados con la desvinculación de números telefónicos. Entre ellos, la Plataforma de Gestión deberá permitir que los usuarios visualicen únicamente los últimos cuatro dígitos de las líneas vinculadas a una persona.
La nueva disposición establece que la plataforma deberá “abstenerse de requerir la captura del número telefónico completo, la validación mediante claves de un solo uso, o cualquier otro requisito que obstaculice la Desvinculación”.
La comisión también eliminó el límite que existía para realizar el procedimiento y modificó la mecánica de intentos. Ahora se permitirán hasta tres intentos consecutivos para desvincular una misma línea; si la solicitud es rechazada, el usuario deberá esperar 15 minutos para intentarlo nuevamente.
Operadores deberán enviar avisos por SMS
La CRT ordenó a los proveedores de telefonía móvil notificar mediante mensajes SMS a todos los usuarios cuyas líneas sigan sin vincularse. Los avisos deberán enviarse dos veces por semana mientras la línea continúe sin registro y diariamente durante los siete días previos al vencimiento del plazo correspondiente.
Una vez vencido el plazo, los concesionarios deberán informar mediante otro mensaje que la línea será suspendida en las siguientes 72 horas.
Nuevas obligaciones para operadores
El acuerdo también incorpora un nuevo formato para que los operadores informen a la CRT sobre fallas en las plataformas de gestión y consulta de líneas móviles y las acciones para corregirlas.
Además, los proveedores que inicien operaciones después de la entrada en vigor de estas disposiciones deberán notificar previamente a la autoridad los enlaces electrónicos de sus plataformas de gestión y consulta para que sean publicados en el portal de la comisión.
Las empresas de telefonía móvil tendrán un plazo de 30 días naturales para adecuar sus plataformas y cumplir con las nuevas disposiciones. El acuerdo entró en vigor el martes tras su publicación.
Consulta aquí el acuerdo:

