Tribunal Colegiado confirma amparo que ordena a Defensa entregar contratos de Pegasus
El litigio se remonta a 2022, cuando se documentaron dos contrataciones por más de 140 millones de pesos que habían sido negadas por la Secretaría de la Defensa Nacional.
- Redacción AN / MDS

El Primer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito confirmó la sentencia de amparo que ordena a la Secretaría de la Defensa Nacional cumplir con la resolución del extinto Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y entregar versiones públicas de contratos relacionados con el software de espionaje Pegasus, informó la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D).
En un comunicado conjunto con Artículo 19 y Social TIC, R3D señaló que la resolución deriva de un litigio iniciado para obtener los contratos celebrados por la Defensa en 2018 y 2019 con Comercializadora Antsua S.A. de C.V., vinculados con la adquisición de un sistema denominado “Servicio de Monitoreo Remoto de Información”.
El Tribunal Colegiado desestimó el recurso de revisión promovido por la Defensa contra el amparo que el Juez Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México concedió a R3D en 2024.
De acuerdo con las organizaciones, el órgano colegiado respaldó las consideraciones del Juez de Distrito respecto a que transcurrió en exceso el plazo establecido para que la Secretaría de la Defensa Nacional cumpliera con una resolución del INAI, de carácter vinculante, definitivo e inatacable.
El caso se remonta a una solicitud de acceso a la información mediante la cual R3D requirió versiones públicas de dos contratos celebrados con Comercializadora Antsua, identificados como DN-10 SAIT-1975/P/2019 y DN-10 SAIT-1938/P/2018.
Inicialmente, la Sedena negó la existencia de esos documentos. Sin embargo, información obtenida de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), coincidente con documentos internos de la institución militar filtrados por el colectivo Guacamaya, acreditó la existencia de contrataciones para la adquisición del “Servicio de Monitoreo Remoto de Información”, por más de 140 millones de pesos.
La investigación Ejército Espía, difundida en octubre de 2022 y en la que participó Aristegui Noticias, documentó que la Defensa contrató a Comercializadora Antsua, empresa vinculada a la red KBH ligada al empresario israelí Uri Emmanuel Ansbacher Bendrama, y que contaba con los derechos para comercializar Pegasus en México, para prestar dicho servicio al Centro Militar de Inteligencia (CMI), identificado como usuario final.
Entre los documentos conocidos posteriormente se encuentra un oficio filtrado por Guacamaya sobre una contratación fechada el 12 de abril de 2019 para un “Servicio de Monitoreo Remoto de Información”. La propia Defensa reconoció posteriormente ante la ASF la existencia de una contratación, así como montos y fechas de pagos correspondientes a los ejercicios fiscales de 2019 y 2020.
Ante la negativa inicial del Ejército a proporcionar los documentos, R3D presentó un recurso de revisión ante el INAI. En enero de 2023, el pleno del instituto revocó la respuesta que alegaba la inexistencia de los contratos y ordenó entregar versiones públicas de la información.
El 10 de febrero de ese año, la Defensa informó que había localizado los contratos, pero clasificó su contenido como información reservada durante cinco años, bajo el argumento de que su divulgación podría afectar la seguridad nacional debido a que la adquisición de equipos y servicios se realizó “para la generación de inteligencia militar”.
R3D recurrió entonces al Poder Judicial ante el incumplimiento de la resolución del INAI. En junio de 2024, el Juzgado Decimosexto de Distrito en Materia Administrativa determinó que las resoluciones del instituto eran definitivas, inatacables y obligatorias para las autoridades, por lo que concedió el amparo a la organización.
La Sedena impugnó esa sentencia mediante un recurso de revisión. Entre sus argumentos, sostuvo la “imposibilidad de proporcionar versión pública sobre la información clasificada en su totalidad como reservada”.
Al resolver el recurso, el Primer Tribunal Colegiado del Trigésimo Circuito desestimó los argumentos de la institución militar al considerar que no atendían las razones expuestas por el Juez de Distrito sobre el incumplimiento de la resolución del INAI y la vulneración de los derechos de acceso a la justicia y a la información de R3D.
Según el comunicado, el Tribunal retomó que el pleno del INAI “advirtió información pública oficial relativa a los contratos de interés, la cual debe ser entregada”.
Asimismo, determinó que las autoridades “no pueden argumentar que dicha información tiene el carácter de reservada o sostener alguna cuestión para impedir el acceso a la misma” una vez que el órgano garante ya había resuelto sobre la entrega de la información.
Con ello, el Tribunal Colegiado confirmó la sentencia que obliga a la Defensa a cumplir la resolución del INAI y entregar las versiones públicas correspondientes.
El litigio forma parte de las acciones emprendidas a partir de las investigaciones sobre el uso de Pegasus en México. R3D ha señalado que este software, desarrollado por la empresa israelí NSO Group, fue operado por el Centro Militar de Inteligencia durante el gobierno del expresidente Andrés Manuel López Obrador.
Las investigaciones de R3D), Artículo 19 y Social Tic han documentado casos de infección con Pegasus contra periodistas y defensores de derechos humanos.
R3D también ha señalado que el Ejército se negó a proporcionar información requerida por la Fiscalía General de la República (FGR) en el marco de las investigaciones relacionadas con el espionaje mediante Pegasus.
Tras la resolución del Tribunal Colegiado, R3D, Artículo 19 y Social TIC sostuvieron que la entrega de los contratos permitirá avanzar en la transparencia sobre la adquisición de tecnologías de vigilancia por autoridades federales y estatales.
R3D indicó además que ha desarrollado recomendaciones para establecer una regulación de los procesos de adquisición de equipos y sistemas de vigilancia en México, entre ellas el registro de proveedores, requisitos de inscripción y controles sobre las contrataciones.
“Celebramos esta decisión del Poder Judicial en defensa de la transparencia, la rendición de cuentas y el acceso a la justicia”, señalaron las organizaciones, que expresaron su expectativa de que la resolución contribuya a esclarecer posibles abusos, determinar responsabilidades, reparar daños y establecer mecanismos para evitar la repetición de casos de espionaje ilegal.


