Escuela del Poder Judicial ya no pide experiencia judicial para formar a jueces
En la convocatoria no se exige haber dictado resoluciones, trabajado en juzgados o contar con carrera judicial.
- Redacción AN / KC

Por Karina Cancino
La Escuela Nacional de Formación Judicial (ENFJ), encargada de capacitar al personal del Poder Judicial de la Federación, lanzó una convocatoria para integrar a su claustro docente sin exigir que las personas aspirantes hayan ejercido funciones jurisdiccionales.
La convocatoria —dirigida a integrantes del PJF y a “profesionales externos”— especifica únicamente que se contará con “personas docentes especialistas en distintas ramas del derecho” y con experiencia en docencia y/o investigación.
No se exige haber dictado resoluciones, trabajado en juzgados o contar con carrera judicial.
Los considerandos del documento indican que la ENFJ requiere personal que posea conocimientos para “el saber conocer”, “el saber hacer” y “el saber ser y convivir”.
Sin embargo, no define criterios mínimos de experiencia jurisdiccional para quienes capacitarán a futuros jueces, magistrados y personal de carrera.
Tras la Reforma Judicial, la Escuela Nacional de Formación Judicial adquiriría mayor influencia al concentrar la formación, certificación y evaluación del personal jurisdiccional federal.
En este marco, su apertura a docentes sin carrera judicial pudiera incidir directamente en la calidad de las decisiones judiciales futuras.
Según la convocatoria, el registro permanecerá abierto del 23 de octubre al 30 de noviembre de 2025, las personas interesadas deberán llenar un formulario y subir un CV en PDF.
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Una vez hecho el registro, la ENFJ podrá solicitar documentación adicional.
La convocatoria señala que, una vez integrado el claustro, se notificará a las personas seleccionadas con al menos 15 días de antelación al inicio de los cursos; también advierte que “el proceso establecido podrá ser modificado” sin requerir consentimiento de los aspirantes.
En comparación, la Red Iberoamericana de Escuelas Judiciales (RIAEJ) establece en su Manual de proceso de acreditación y reacreditación de programas de formación judicial que los formadores deben contar con “experiencia judicial o laboral relacionada con los cursos a dictar”.
Esto es que, internacionalmente, se espera que los docentes judiciales tengan experiencia práctica vinculada a la formación que imparten.
Tras la publicación de esta nota, Francisco Hoyos Aguilera, director General de Comunicación Social y Vocería del Órgano de Administración Judicial, envió una carta aclaratoria que a continuación se reproduce:
El que suscribe, Maestro Francisco Hoyos Aguilera, Director General de Comunicación Social y Vocería del Órgano de Administración Judicial del Poder Judicial de la Federación, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1º, 6° y 8° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 3, 11, 12 13, 14, 15, 16, 17 y 18 de la Ley Reglamentaria del artículo 6o., párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del Derecho de Réplica, a través del presente solicito el derecho de réplica con relación a la nota publicada en su portal de noticias bajo el título “Escuela del Poder Judicial ya no pide experiencia judicial para formar jueces”, del pasado 10 de noviembre de 2025.
En el texto en comento, se difunde información inexacta sobre la ausencia de requisitos y conocimientos para los aspirantes a formar el claustro de docentes de la Escuela Nacional de Formación Judicial (ENFJ).
Es de puntualizar que la reforma judicial dota a la Escuela Nacional de nuevas atribuciones; entre ellas, las de formar, capacitar, evaluar, certificar y actualizar al personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial de la Federación y a personas diversas a la carrera judicial.
Es decir, a integrantes de poderes judiciales estatales, fiscalías, defensorías públicas, organismos de protección derechos humanos, instituciones de seguridad pública y público en general.
En función de lo anterior, es que en esta ocasión se emitió una convocatoria pública para integrar al nuevo Claustro a personas calificadas no solo en las disciplinas jurídicas y de las ciencias sociales, sino en distintas disciplinas con dominio en habilidades socioemocionales, tecnológicas o de gestión administrativa, además de dominio de algún idioma originario, lo que de ninguna forma deriva en una disminución de requisitos o competencias docentes.
Previa a esta convocatoria, se emitieron anteriores de carácter interno y dirigidas a personas juzgadoras en activo y retiro y secretarias, así como a defensores y asesores del Instituto Federal de Defensoría Pública.
Hoy la presente convocatoria mantiene la exigencia de contar con perfiles de experiencia jurisdiccional, pero es abierta y pretende incorporar perfiles de otras disciplinas del conocimiento.
En este proceso, hasta el momento, se han inscrito 964 aspirantes, y la Escuela Nacional, a efecto de integrar el claustro docente para cada actividad académica específica, verificará la formación de las y los aspirantes al Claustro; el perfil académico y profesional idóneo; el nivel máximo de estudios; así como los años de experiencia jurisdiccional y docente y, si forman parte del Sistema Nacional de Investigadores o cuentan con reconocimiento ante el Programa para el Desarrollo Profesional Docente (PRODEP).
Estos requisitos se pueden observar en el cuestionario que se agrega en una liga electrónica en la convocatoria.Como puede apreciarse, el propósito de la ENFJ es emitir una convocatoria abiertapara enriquecer con perfiles internos y externos la educación que imparte hoy con personas juzgadoras de amplia trayectoria y probada experiencia en las distintas disciplinas del Derecho, entre ellas, las relativas a la función jurisdiccional.
Seguiremos en contacto con Aristegui Noticias para aclarar cualquier información pública que emita este Órgano y sus órganos auxiliares, en beneficio del derecho de las audiencias de contar con información confiable y veraz.
La presente aclaración se envía en los términos de la Ley Reglamentaria del artículo 6, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia del Derecho de Réplica, para su publicación.
Atentamente
Maestro Francisco Hoyos Aguilera
Director General de Comunicación Social y Vocería Órgano de Administración Judicial








