EE.UU. sanciona a la familia Hysa, de México; los tachan de organización criminal transnacional 
"Hoy, el Tesoro ha impuesto sanciones y ha tomado medidas para cerrar numerosos establecimientos de juego con sede en México involucrados en el blanqueo de capitales relacionado con los cárteles".
- Redacción AN / ARF

El Departamento del Tesoro de Estados Unidos sancionó este jueves a miembros de la familia Hysa de México, alegando que utilizaron su imperio de casinos y restaurantes como fachada para lavar dinero del Cártel de Sinaloa.
En su cuenta oficial de X, el Departamento de Tesoro informó:
“Hoy, el Tesoro ha impuesto sanciones y ha tomado medidas para cerrar numerosos establecimientos de juego con sede en México involucrados en el blanqueo de capitales relacionado con los cárteles.
Seguiremos persiguiendo a quienes apoyan a los cárteles terroristas de la droga”.
Ya en su sitio web, el Departamento estadounidense aseveró que la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro y la Red de Ejecución de Delitos Financieros (FinCEN) se unieron al Gobierno de México para atacar al Grupo de Delincuencia Organizada Hysa y a numerosos establecimientos de juego con sede en México involucrados en el lavado de dinero relacionado con el cártel y una gran cantidad de otras actividades delictivas en México y Europa.
Así mismo, destaca que “esta acción coordinada” es el resultado de los recientes compromisos entre Estados Unidos y México, asegurados durante el Subsecretario del Tesoro para el Terrorismo y la Inteligencia Financiera.
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“Estados Unidos y México están trabajando juntos para combatir el lavado de dinero en el sector del juego de México. Nuestro mensaje a aquellos que apoyan a los cárteles es claro: Usted será responsable”, dijo el Subsecretario del Tesoro para el Terrorismo y la Inteligencia Financiera John K. Hurley. “Agradecemos al Gobierno de México su sólida asociación en este esfuerzo”.
La OFAC sancionó hoy a 27 individuos y entidades, y FinCEN propuso una medida especial para disudir el acceso de 10 establecimientos de juego con sede en México al sistema financiero de los Estados Unidos debido a problemas de lavado de dinero.
Ve aquí la lectura completa durante ‘Aristegui en Vivo’ del comunicado emitido esta mañana:
Lee aquí la transcripción del documento oficial:
Sanciones de la OFAC dirigidas al Grupo Hysa
“El Grupo de Crimen Organizado de Hysa (HOCG), que incluye a los miembros de la familia Luftar Hysa (Luftar), Arben Hysa (Arben), Ramiz Hysa (Ramiz), Fatos Hysa (Fatos) y Fabjon Hysa (Fabjon), ha utilizado su influencia a través de sus inversiones o control sobre varios negocios con sede en México, incluidos establecimientos de juego y restaurantes, para lavar las ganancias del tráfico de narcóticos. Se cree que el HOCG opera con el consentimiento del Cártel de Sinaloa, que mantiene el control criminal sobre gran parte del territorio donde el grupo realiza sus actividades.
Luftar, con sede entre México y Canadá, a menudo se ve en los medios públicos como un miembro destacado de la familia Hysa, proporcionando entrevistas públicas sobre los negocios de su familia en México y Europa. Luftar, Fatos, Arben y Fabjon han trabajado en estrecha colaboración con una persona estadounidense para lavar dinero, incluido el movimiento de efectivo a granel desde México a los Estados Unidos, donde se utilizó la empresa de la persona estadounidense para lavar los fondos. Luftar y Arben han utilizado una entidad con sede en Europa para enriquecerse con el lavado de fondos ilícitos pertenecientes a presuntos narcotraficantes. Luftar también posee o dirige varias empresas utilizadas por el HOCG.
Arben posee o dirige varias empresas utilizadas por la HOCG en México. Arben también ha estado involucrado en el contrabando de efectivo a granel a los Estados Unidos con fines de lavado de dinero, así como en el uso de establecimientos de juego y restaurantes de lujo en México para lavar dinero de drogas.
Ramiz ha estado involucrado en el uso de establecimientos de juego y restaurantes de lujo en México como frentes para el lavado de los ingresos de la venta de narcóticos.
Fatos, junto con Luftar, Arben y Fabjon, estuvo involucrado en el contrabando de dinero a granel en efectivo a los Estados Unidos con el fin de lavar dinero. Fatos y Fabjon también participaron en el uso de una entidad con sede en Europa para enriquecerse con el lavado de fondos ilícitos pertenecientes a presuntos narcotraficantes.
Con la acción de hoy, la OFAC también está apuntando a varias personas y entidades dentro de la red de HOCG. Entretenimiento Palmero, S.A. de C.V., con sede en México, propiedad de Arben, es fundamental para las operaciones de la HOCG. El ciudadano mexicano Gilberto López López actúa como su comisionado. Eselda Baku (anteriormente Eselda Hysa), de nacionalidad albanesa pero con sede en México, hija de Ramiz, forma parte de su Junta Directiva. Otras empresas objetivo con esta acción incluyen:
Bliri S.A. de C.V. (México)
Cucina Del Porto S.A. de C.V. (México)
Diversiones Los Mochis S.A. de C.V. (México)
El Arte de Cocinas y Beber S.A. de C.V. (México)
Entretenimiento Villahermosa S.A. de C.V. (México)
Entretenimiento Y Espectáculos B.C. S.A. de C.V. (México)
Grupo Internacional Canhysamex S.A. de C.V. (México)
H Hidrocarburos S.A. de C.V. (México)
Hysa Forwarders S.A. de C.V. (México)
LH Pro-Gaming S.A. de C.V. (México)
Alquiler LH S.A. De C.V. (México)
Operadora Alejil S.A. De C.V. (México)
Operadora de Empresas LH S.A. de C.V. (México)
Procesadora de Alimentos Hs S.A. de C.V. (México)
Rosetta Gaming S.A. de C.V. (México)
Hysa Holdings Inc (Canadá)
Rosetta Gaming Inc (Canadá)
Rosetta Gaming SP ZOO (Polania)
El Tesoro está designando al Grupo de Delincuencia Organizada Hysa de conformidad con el E.O. 13581, en su forma enmendada, por ser una persona extranjera que constituye una organización criminal transnacional significativa.
El Tesoro está designando a Luftar Hysa, Arben Hysa, Fatos Hysa, Ramiz Hysa y Fabjon Hysa de conformidad con E.O. 13581, en su forma enmendada, por ser propiedad o controlada por o haber actuado o pretendido actuar para o en nombre de, directa o indirectamente, el Grupo de Crimen Organizado Hysa.
El Tesoro está designando a Entretenimiento Y Espectaculos B.C. S.A. de C.V., Hysa Holdings Inc y Rosetta Gaming Inc, de conformidad con E.O. 13581, en su forma enmendada, por ser propiedad o controlada por o haber actuado o pretendido actuar para o en nombre de, directa o indirectamente, Luftar Hysa.
El Tesoro está designando a Diversiones Los Mochis S.A. de C.V., Entretenimiento Palmero S.A. de C.V., Entretenimiento Villahermosa S.A. de C.V., Grupo Internacional Canhysamex S.A. de C.V., H Hidrocarburos S.A. De C.V., y Procesadora De Alimentos S.A. De C.V. de conformidad con E.O. 13581, en su forma enmendada, por ser propiedad o controlada por o haber actuado o pretendido actuar para o en nombre de, directa o indirectamente, Arben Hysa.
El Tesoro está designando a Gilberto López López y Eselda Baku de conformidad con el E.O. 13581, en su forma enmendada, por ser propiedad o controlado por o haber actuado o pretendido actuar para o en nombre, directa o indirectamente, de Entretenimiento Palmero S.A. de C.V.
El Tesoro está designando a Bliri S.A. de C.V., Hysa Forwarders S.A. de C.V., LH Pro-Gaming S.A. De C.V., y Operadora de Empresas LH S.A. de C.V., y Rosetta Gaming S.A. de C.V. de conformidad con E.O. 13581, en su forma enmendada, por ser propiedad o controlada por o haber actuado o pretendido actuar para o en nombre de, directa o indirectamente, Arben Hysa y Luftar Hysa.
El Tesoro está designando a Cucina del Porto S.A. de C.V., El Arte de Cocinas y Beber S.A. de C.V., y Operadora Alejil S.A. de C.V. de conformidad con E.O. 13581, en su forma enmendada, por ser propiedad o controlada por o haber actuado o pretendido actuar para o en nombre, directa o indirectamente, de Gilberto López López”.
Implicaciones de las sanciones
“Como resultado de la acción de hoy, toda la propiedad e intereses en la propiedad de las personas designadas descritas anteriormente que se encuentren en los Estados Unidos o en posesión o control de personas estadounidenses están bloqueados y deben ser reportados a la OFAC. Además, cualquier entidad que sea propiedad, directa o indirectamente, individual o en conjunto, del 50 por ciento o más de una o más personas bloqueadas también está bloqueada. A menos que esté autorizada por una licencia general o específica emitida por la OFAC, o exenta, las regulaciones de la OFAC generalmente prohíben todas las transacciones realizadas por personas estadounidenses o dentro (o en tránsito) por los Estados Unidos que involucren cualquier propiedad o interés en la propiedad de personas bloqueadas.
Las violaciones de las sanciones de los Estados Unidos pueden resultar en la imposición de sanciones civiles o penales a personas estadounidenses y extranjeras. La OFAC puede imponer sanciones civiles por violaciones de sanciones sobre una base de responsabilidad estricta. Las Directrices de Aplicación de Sanciones Económicas de la OFAC proporcionan más información sobre la aplicación de las sanciones económicas de los Estados Unidos por parte de la OFAC. Además, las instituciones financieras y otras personas pueden arriesgarse a ser expuestas a sanciones por participar en ciertas transacciones o actividades que involucren a personas designadas o bloqueadas de otro modo. Las prohibiciones incluyen la realización de cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios por, a o en beneficio de cualquier persona designada o bloqueada, o la recepción de cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios de cualquier persona.
Además, participar en ciertas transacciones que involucren a las personas designadas hoy puede correr el riesgo de imponer sanciones secundarias a las instituciones financieras extranjeras participantes. La OFAC puede prohibir o imponer condiciones estrictas para abrir o mantener, en los Estados Unidos, una cuenta corresponsal o una cuenta por pagar de una institución financiera extranjera que realice o facilite a sabiendas cualquier transacción significativa en nombre de una persona designada de conformidad con la autoridad pertinente.
El poder y la integridad de las sanciones de la OFAC se derivan no solo de la capacidad de la OFAC de designar y agregar personas a la Lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas (Lista SDN), sino también de su voluntad de eliminar personas de la Lista SDN de acuerdo con la ley. El objetivo final de las sanciones no es castigar, sino provocar un cambio positivo en el comportamiento. Para obtener información sobre el proceso para solicitar la eliminación de una lista de la OFAC, incluida la lista de SDN, o para enviar una solicitud, consulte la guía de la OFAC sobre la presentación de una petición de eliminación de una lista de la OFAC.
Haga clic aquí para obtener más información sobre las personas designadas hoy”.
FINCEN propone medida especial para corta 10 establecimientos de juego
“Al mismo tiempo, y en coordinación con la OFAC y el Gobierno de México, FinCEN emitió un aviso de reglamentación propuesta (NPRM), de conformidad con la sección 311 de la Ley PATRIOT de los Estados Unidos, identificando las transacciones que involucran a 10 establecimientos de juego con sede en México como una clase de transacciones de preocupación primaria por el lavado de dinero. El HOCG opera estos establecimientos de juego, que durante años se han utilizado para facilitar el lavado de dinero que beneficia al Cártel de Sinaloa. Los establecimientos de juego son:
Emine Casino, ubicado en San Luis Rio Colorado, Sonora, México
Casino Mirage, ubicado en Culiacán, Sinaloa, México
Midas Casino, ubicado en Agua Prieta, Sonora, México
Midas Casino, ubicado en Los Mochis, Sinaloa, México
Midas Casino, ubicado en Guamuchil, Sinaloa, México
Casino Midas, ubicado en Mazatlán, Sinaloa, México
Midas Casino, ubicado en Rosarito, Baja California, México
Casino Palermo, ubicado en Nogales, Sonora, México
Skampa Casino, ubicado en Ensenada, Baja California, México
Casino Skampa, ubicado en Villahermosa, Tabasco, México
Para abordar los riesgos que presentan estos establecimientos de juego, FinCEN propone en el NPRM la imposición de una medida especial que: (1) prohibiría a las instituciones financieras cubiertas abrir o mantener una cuenta de correspondencia para cualquier institución bancaria extranjera si dicha cuenta se utiliza para procesar transacciones que involucren a cualquiera de los establecimientos de juego; y (2) exigiría que las instituciones financieras cubiertas apliquen una diligencia debida especial a sus cuentas corresponsales que esté razonablemente diseñada para protegerse contra el uso de dichas cuentas para procesar transacciones que involucren a cualquiera de los establecimientos de juego”.
