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FGR no impugnó amparo otorgado a militares: Consejo de la Judicatura Federal

El Poder Judicial Federal reconoció que el fallo del tribunal colegiado impedía realizar una nueva audiencia en contra de los 8 militares para que la FGR y la asesoría de las víctimas pudieran solicitar la prisión justificada en lugar de la oficiosa.

  • Redacción AN / JOF
23 Jan, 2024 13:13
FGR no impugnó amparo otorgado a militares: Consejo de la Judicatura Federal
FOTO: DASSAEV TÉLLEZ ADAME/CUARTOSCURO.COM

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) reveló que la Fiscalía General de la República (FGR) no impugnó el amparo concedido por un juez federal a los ocho militares implicados en el Caso Ayotzinapa que fueron liberados el pasado 20 de enero tras la modificación de la medida cautelar de prisión oficiosa que les había impuesto otro juez especializado en el sistema penal acusatorio.

El organismo que agrupa a jueces y magistrados emitió un comunicado en respuesta a la amenaza de la FGR de iniciar carpetas de investigación en contra de los juzgadores federales que han absuelto o han liberado a presuntos implicados en el Caso Ayotzinapa por incurrir en delitos contra la administración de la justicia.

El Consejo de la Judicatura acusó a la FGR de ser omisa al no impugnar un fallo judicial a favor de los elementos castrenses, determinación que finalmente derivó en la resolución para que los ocho militares procesados por el delito de desaparición forzada enfrenten su proceso en libertad.

De acuerdo con línea del tiempo que presenta la Judicatura,  los ocho militares procesados por el caso Ayotzinapa enfrentan un proceso penal por el delito de desaparición forzada ante el Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de México, a cargo de la jueza Raquel Ivette Duarte Cedillo.

Derivado de dicho expediente, la jueza en materia penal les impuso la prisión preventiva oficiosa y les negó la libertad mientras continuaba el proceso en su contra durante una audiencia celebrada el 22 de junio de 2023.

El CJF detalló que la defensa de los ocho imputados castrenses promovió un juicio de amparo indirecto contra ese fallo, mismo que le tocó resolver al Juzgado Decimoquinto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México

En su sentencia, el juez de amparo resolvió conceder la protección de la justicia para el efecto de que se revisará la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa en una nueva audiencia del juzgado de procesos penales, pero prescindiendo de las consideraciones establecidas en el artículo 19 de la Constitución por ser contrario a lo que estableció la Corte Interamericana de Derechos Humanos en esta materia.

Según el CJF, la determinación del juzgado de amparo que obligaba a celebrar una nueva audiencia fue impugnada por los militares y no por la FGR, por lo que el caso fue turnado a un tribunal federal colegiado.

En desacuerdo con dicha decisión, únicamente los militares interpusieron recurso de revisión, no así la fiscalía, del cual conoció el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito.

Por lo anterior, la nueva audiencia no se llevó a cabo y le tocó conocer de la impugnación al Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal de la Ciudad de México, mismo que meses más tarde resolvió el citado recurso de revisión.

FOTO: GALO CAÑAS/CUARTOSCURO.COM

Así, en una sesión celebrada el pasado 30 de noviembre de 2023, los magistrados Horacio Armando Hernández Orozco, Juan José Olvera López y Francisco Sarabia Ascencio decidieron modificar la resolución para el efecto de que no se realizará una nueva audiencia.

Derechos de las víctimas

Con la nueva determinación del tribunal federal, tanto la FGR como la asesoría de las víctimas se quedaron sin oportunidad de exponer porque era necesario cambiar la prisión preventiva oficiosa por la prisión preventiva justificada para proteger los derechos de las víctimas indirectas.

Posteriormente, obligada por el amparo que dictó el tribunal colegiado a favor de los militares, el pasado 20 de enero, la jueza en procesos penales federales Raquel Ivette Duarte Cedillo, sin escuchar nuevos argumentos de las partes y con los antecedentes dados en la audiencia de junio del 2023, resolvió que no era procedente imponer a los inculpados la prisión preventiva oficiosa.

Por lo tanto, determinó modificar la medida cautelar en favor de los ocho militares, sin poder pronunciarse sobre la prisión preventiva justificada, argumentando que la prisión oficiosa no era idónea ni pertinente para mantener a los imputados al alcance de la justicia.

De esta forma, en lugar de la prisión preventiva, la juzgadora impuso cinco medidas cautelares para que los militares enfrenten su proceso en libertad, entre ellas el pago de una garantía o fianza de 50 mil pesos por cada uno de los elementos castrenses.

Además, deberán firmar ante el juzgado cada 15 días, no podrán viajar al estado de Guerrero donde ocurrió la desaparición de los 43 estudiantes normalistas, tiene prohibido acercarse a las familias de las víctimas y también se les prohibió salir del país, por lo que deberán entregar pasaportes y visas.