La farsa, la simulación y el fraude a la ley | Artículo
Rogelio Muñiz Toledo señaló que el proceso interno de Morena para designar a la o el “Coordinador o Coordinadora Nacional de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación 2024-2030” es una simulación.
- Rogelio Muñiz Toledo

Rogelio Muñiz Toledo
“No; jamás comprenderás que lo que no existe, existe”
Parménides *
El acuerdo aprobado el 11 de junio pasado por el Consejo Nacional de Morena para designar a la o el “Coordinador o Coordinadora Nacional de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación 2024-2030” es una simulación con la que se podría configurar un fraude a la ley y que forma parte de la farsa con la que se pretende legitimar la decisión del presidente Andrés Manuel López Obrador sobre la candidatura de su partido a la presidencia de la república en 2024.
La Declaración de Principios de Morena dispone: “El escrupuloso respeto a la verdad es un factor esencial para el bienestar individual, para la convivencia armónica, para la democracia y para el desarrollo de las sociedades”. Tal vez para no evidenciar que con la aprobación del acuerdo estarían violando ese postulado del partido, la dirigencia de Morena buscó, en contravención al principio de máxima publicidad, que no hubiera constancia grabada de lo sucedido y de las deliberaciones en el Consejo Nacional. No lo logró. No pudo evitar que se filtrara un video que pone en duda la supuesta “unidad” de la y los aspirantes. Primer descalabro en esta farsa.
La farsa con la que se pretende aparentar que existirá un proceso democrático al interior de Morena para designar a la o el candidato a la presidencia de la república atañe en principio, aunque no exclusivamente, a las y los militantes del partido y a las y los aspirantes a la candidatura presidencial de Morena. No puede haber proceso democrático si se vulneran las reglas esenciales de la democracia interna en los partidos. Por eso, las impugnaciones de las y los militantes de Morena dirigidas a revocar el acuerdo o a cuestionar la legalidad del proceso serían las que tendrían las mayores probabilidades de éxito en el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
La fundadora y expresidenta de Morena, Yeidckol Polevnsky, ha impugnado ante el TEPJF el acuerdo del Consejo Nacional de Morena y la negativa a registrarla como aspirante; su legitimación procesal para impugnar y los agravios que le causa el acuerdo están fuera de toda duda. Aunque pareciera que su intención es solo obtener el registro que le fue negado, su impugnación podría echar abajo el acuerdo y con ello invalidar toda esta simulación.
Como simulación, es decir como alteración aparente del objeto verdadero de los actos que se realizarán al amparo de dicho acuerdo, fingiendo que es algo que evidentemente no es, es un proceso que incumbe a toda la ciudadanía porque el respeto al principio de legalidad es un asunto de interés público y las normas electorales son de orden público.
El acuerdo, pero sobre todo los actos que la y los aspirantes a la candidatura presidencial de Morena realicen como parte de esta simulación, podrían ser impugnados no solo por los militantes de Morena o por la y los propios aspirantes por la probable comisión de actos anticipados de campaña, sino por cualquier ciudadana o ciudadano. Movimiento Ciudadano y el Partido de la Revolución Democrática ya lo hicieron y las autoridades electorales tendrán que pronunciarse al respecto. El Instituto Nacional Electoral (INE) lo ha hecho ya, hasta donde sus competencias se lo permiten.
Como fraude a la ley, las autoridades electorales -la administrativa y la jurisdiccional, en el ámbito de sus respectivas competencias- deberán revisar los actos que, al amparo del acuerdo, realicen la y los aspirantes con la finalidad de violar o eludir lo que disponen la Constitución y las leyes y, más allá de los eufemismos y la simulación con los que Morena pretende justificar este ilegal proceso, deberán aplicar las sanciones correspondientes.
Si se revisan objetiva e imparcialmente sus facultades queda claro que ni el INE ni el TEPJF han abdicado de sus atribuciones y de su papel de árbitros en la contienda electoral. Al menos no hasta ahora. El INE ha dictado oportunamente las medidas cautelares solicitadas, el tribunal las ha confirmado y en breve su Sala Regional Especializada habrá de resolver el fondo de las impugnaciones, pues ello es competencia del tribunal, no del INE. En ocasiones la entendible indignación ante las ilegalidades de Morena hace que se pierdan de vista la distribución de competencias y los tiempos procesales.
Es evidente que el acuerdo del Consejo Nacional de Morena es la vía que encontró el presidente López Obrador para resolver el problema derivado de su decisión de adelantar excesivamente los tiempos políticos de la sucesión presidencial, proceso que se complicó por la estrategia de Marcelo Ebrard de lanzarse a la contienda, inclusive si el partido no fijaba las reglas. La osadía de Ebrard alteró los planes del gran elector e hizo que se precipitaran algunas decisiones.
La improvisación en la redacción del acuerdo se hizo evidente pocas horas después de su aprobación. Una vez más Ebrard obligó a rectificar ante la falta de previsión de temas importantes como el financiamiento de la y los aspirantes. Moverse al límite de la legalidad, y en no pocas ocasiones ir más allá de ella, ha llevado a la dirigencia de Morena a tomar decisiones que profundizan en la simulación y agregan elementos de ilegalidad a los actos derivados del acuerdo.
Nombrar delegados del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de Morena a la y los aspirantes a la “Coordinación de Defensa de la Transformación”, léase la candidatura presidencial, para poder darles financiamiento con recursos del partido -que mayoritariamente son recursos públicos- coloca a la y los aspirantes en una de las hipótesis de violación del acuerdo que expresamente prohíbe a toda persona con cargo de dirección en Morena involucrarse en el proceso. La y los aspirantes son ahora miembros del CEN de Morena.
Adelantar los tiempos políticos de la sucesión presidencial parecía manejable para el Presidente de la República. Pero podría terminar no siendo así, al menos no como lo esperaba el presidente López Obrador. Forzar los tiempos legales ha resultado difícil para el presidente nacional de Morena, Mario Delgado, y el proceso podría salirse del control de él y del presidente del Consejo Nacional, Alfonso Durazo, responsable último del éxito de este.
Ambos dirigentes enfrentan un doble reto: sostener la más que dudosa legalidad del acuerdo y solventar los riesgos que implicarán su implementación y las acciones de la y los aspirantes. No superar el reto podría significar que quedaran fuera de la contienda a alguno o algunos de los aspirantes -no solo de la contienda interna sino de la constitucional al ser inhabilitados por incurrir en actos anticipados de precampaña o de campaña- y esto podría descarrilar todo el proceso.
En su literalidad el contenido del acuerdo del Consejo Nacional podría tener apariencia de legalidad. Al tratarse de una simulación, es decir, de un acto jurídico al que se le da una falsa apariencia para ocultar su verdadero carácter, la presunción de legalidad de este se desvanece en la medida en la que su aplicación llevará a que se aproxime a la definición jurisdiccional de fraude a la ley: un acuerdo que busca eludir la ley aparentando respetar la letra de esta, pero colocándose en contra de ella para evadir su cumplimiento.
Elegir a un “Coordinador o Coordinadora de Defensa de la Transformación”, más allá de que la figura jurídica no exista en la normatividad del partido, no implica por sí mismo una violación a la ley. Pero resulta evidente que el proceso regulado por el acuerdo tiene otra finalidad y el uso de denominaciones figurativas -no solo eufemísticas- no es suficiente para fingir lo que realmente es: el adelantado e ilegal proceso interno para definir a la o el candidato a la presidencia de la república de Morena en los términos definidos por el presidente López Obrador en la célebre cena del lunes 5 de junio, como lo ha reconocido el dirigente nacional de Morena.
Pero si la legalidad del acuerdo podría tener alguna posibilidad de defensa jurídica, la ejecución de los actos regulados por el mismo, en contravención a la Constitución y la ley, no la tendrá. Desde los actos preparatorios para el registro de los aspirantes a la supuesta “Coordinación de Defensa de la Transformación”, la y los involucrados han realizado manifestaciones expresas y tácitas que no dejan lugar a dudas sobre la verdadera naturaleza del proceso. En las entrevistas que han concedido y en los actos públicos en los que han participado han dejado claro que participan en el proceso por su aspiración a la candidatura presidencial de Morena en 2024.
La ilegal precampaña presidencial de Morena que está en curso no solo se realiza fuera de los tiempos legales y por un periodo más amplio al establecido en la Constitución. Conforme a la ley las precampañas inician la tercera semana de noviembre de 2023 y no podrán durar más de sesenta días; esta simulación se realiza con cinco meses de anticipación y durará setenta días, salvo que el TEPJF o una complicación en las condiciones políticas llevaran a que termine anticipadamente.
Conforme avance el proceso -que apenas cumple su primera semana de las diez que durará- aumentarán las posibilidades de que la desesperación de alguno o algunos de los aspirantes los lleve a realizar -por imprudencia o por una osada estrategia al estilo Ebrard- actos evidentemente violatorios de la Constitución y la legislación electoral. Difícilmente cumplirán con la medida cautelar y con la tutela preventiva dictadas por el INE -la primera ya confirmada por el TEPJF- y con los criterios establecidos en la línea jurisprudencial sobre actos anticipados de campaña y precampaña para no incurrir en violaciones a la ley. Además de que podría haber otras medidas cautelares o una resolución del TEPJF que modificaran las condiciones de la competencia.
En una batalla de setenta días en la que las condiciones de la competencia no son equitativas, será difícil que todos los aspirantes cumplan con las prohibiciones legales que el INE no hizo sino recordarles: no hacer llamados al voto, no realizar expresiones para buscar posicionarse frente al electorado de cara a la elección presidencial, no manifestar su aspiración a la candidatura presidencial para buscar obtener respaldo para tal fin y no hacer propuestas que impliquen la presentación de una plataforma electoral relacionada con su aspiración a la precandidatura o la candidatura.
Además, si el tribunal juzga con base en la línea jurisprudencial de los equivalentes funcionales, es decir, los mensajes que tengan un significado equivalente a solicitar el voto, buscar posicionarse con el fin de obtener una candidatura y/o hacer público el contenido de una plataforma electoral, las cosas se complicarán aún más para la y los aspirantes. Ya le sucedió a Marcelo Ebrard en el arranque de su gira; por andar de “quedabién” con el gran elector o por querer aplicar la máxima que señala “que hablen de mí, aunque sea bien”, se llevó un primer recordatorio -o una velada recriminación- de Mario Delgado.
Ahora queda más claro porqué para el presidente López Obrador y para Morena era tan importante su “Plan B” de la reforma electoral, que para bien de la democracia ha sido completamente invalidado por la Suprema Corte el jueves pasado. La inconstitucional reforma incluía un cambio en la definición de actos anticipados de precampaña y de campaña: restringía los primeros a los que se realizaran desde el inicio del proceso electoral y hasta antes de la etapa de campaña electoral y, en ambos casos, establecía que para que los actos fueran sancionables debían realizarse en un espacio público o virtual y de manera expresa, directa y explícita.
Con su malhadada reforma electoral buscaban evitar que sus “corcholatas” pudieran ser sancionadas por participar en esta ilegal precampaña anticipada. Al modificar la temporalidad y la manera en la que dichas conductas serían sancionables habilitaban un periodo, entre junio y agosto de este año, es decir, antes del inicio del proceso electoral que comenzará en septiembre, para que la candidata del presidente López Obrador pudiera hacer campaña anticipada y posicionarse casi sin restricciones y sin que pudiera ser sancionada. Afortunadamente la invalidez de su “Plan B” electoral evitará que tengan tal cobertura legal.
No extraña que el presidente de la república y su partido recurran a esta vía para resolver la contienda interna por la candidatura presidencial. No son pocos los casos en los que el presidente y sus mayorías parlamentarias han buscado eludir el cumplimiento de lo que disponen la Constitución y las leyes en la toma de decisiones del poder ejecutivo o en los actos del legislativo. Colocarse al límite de la legalidad y pasar por encima del Estado de Derecho han sido una constante del Gobierno de la llamada “Cuarta Transformación”. Dan cuenta de ello todos los casos en los que la Suprema Corte ha invalidado actos del poder ejecutivo y del legislativo por ser contrarios al texto constitucional o por violar el proceso legislativo.
* Parménides de Elea fue un filósofo griego
nacido el siglo VI antes de Cristo



